miércoles, 19 de mayo de 2010

MEN OF HONOR Y EL DERECHO A NO SER DISCRIMINADOS EN LAS FUERZAS ARMADAS

Título original: Men of Honor
Título en castellano: Hombres de honor
Director: George Tillman Jr.
Año 2000

Esta película, de corte biográfico (Carl Brashear falleció en 2006) es protagonizada por Cuba Gooding Jr.,Robert De Niro y Charlize Theron.

Después de escribir cientos de cartas, Carl Brashear se convierte en el primer afrodescendiente en aplicar a la Escuela de Buceo de la Marina estadounidense.
Su férrea determinación lo llevará a superar exitosamente -aunque no sin padecimientos morales y físicos- los obstáculos que le impone su superior, el comandante en Jefe Buzo de la Marina Bill Sunday que busca despiadadamente la renuncia del joven aspirante. Los desafíos a que fue retado Brashear no lo detuvieron, perdió una pierna a causa de un accidente laboral y se retiró con honores accediendo a los rangos más altos disponibles para un recluta de la Marina: Buzo Especialista y Comandante en Jefe.

Bien podría escribirse el guión vernáculo con la historia de Paula González, una joven mujer rechazada inconstitucionalmente por el Ejército Argentino con el argumento (que no es justificación) de la aplicación de la normativa interna que vedaba el acceso a las personas que tienen familiares a cargo.

La valentía de esta joven que con tan sólo 18 años retó a una institución castrense la convierte en la versión aggiornada de Carl Brashear. Llego a esta conclusión siguiendo a Owen Fiss, en su ensayo titulado "Why feminism?" en el que el Profesor de Yale explica cómo en la lucha por los derechos civiles, la conquistas en materia de igualdad racial abrieron un espacio para el feminismo. Carl Brashear, afrodescendiente estadounidense en los años 60 y 70; Paula González, mujer en la argentina de los 2000.


Los ribetes del caso lo convierten en uno de aquéllos que distintas disciplinas podrían abordar: el corte sociológico de la institución pensada para hombres blancos sin duda no pasa inadvertido cuando queremos analizar porqué se obturó el acceso de Paula al ejército. Las ciencias políticas enfocarían el rol de los medios de comunicación que propagaron la noticia de discriminación a nivel internacional y su influencia en la posterior decisión del Poder Ejecutivo. El aspecto político, tampoco puede soslayarse cuando se analiza al ejército como factor de poder. Dentro de la Ciencia Jurídica, el caso despliega un abanico de cuestiones para el debate y que nosotros hemos abordado con el método clínico en nuestra comisión 1308: el derecho a no ser discriminado por cuestiones de género, el análisis riguroso en las categorías sospechosas de violar este derecho, el derecho a diseñar el plan de vida, el derecho a trabajar, la presunción de capacidad de las personas físicas, la incorporación de personas con discapacidad a las filas del ejército, las vías de hecho de la administración pública,el estándar para analizar la denegacion de justicia por morosidad judicial, las consecuencias de los derechos irrevocablemente adquiridos a raíz de la convocatoria del ejército, etc.

La derogación del inconstitucional decreto recibida con impacto mediático ocultó bajo su manto el estado de la cuestión. Muchas mujeres podrán ingresar al ejército, pero no Paula González: aquélla que osó desafiar a la institución se convierte así en la víctima que se inmola para que otras mujeres puedan entrar.

La primera pediodista que publicó el tema, Gabi Manuli, me comentó que en el imaginario colectivo Paula González está dentro del Ejército. Pues no ha sido así y esamos muy lejos de que ello ocurra. Lo que muchos no saben aún, es que pese a todo, Paula González no fue reincorporada al Ejército, que la denegatoria se fundó en una hipoacusia nunca probada con la suficiencia que se requiere y que habría surgido en el último año ya que antes de impugnar el decreto Paula había caificado como "apta", que no existió acto administrativo de denegación, y que el Ministerio, luego de un pedido de Paula, se limitó a transmitir las explicaciones del Jefe de la Fuerza, sin exigirle el acto adminstrativo que decidía no admitirla para conocer su motivación y fundamento.(Un ejemplo de lo que en nuestra jerga llamamos vías de hecho). Es necesario también contar aquí que dos acciones debieron interponerse para la defensa de sus derechos: una pidiendo la inconstitucionalidad del decreto y la reincorporación. Esta primera causa fue iniciada por la madre de Paula, entonces menor de edad, y la jueza entendió -erronéamente- que la derogación del decreto tornaba abstracta la cuestión. Entonces,la reincorporación fue objeto de una nueva acción y reclamo administrativo, en los que el ejército esgrimió que de un nuevo examen médico resultaba una hipoacusia que la incapacitaba para ingresar a la fuerza. Este examen no explicita el grado de la incapacidad y en este acto preparatorio se detuvo la actuación administrativa, sin que haya existido un acto administrativo fundado que deniegue al ingreso.
Paula está a la espera -con ansias y sin expectativas- de una sentencia cuyo contenido es previsible por las vicisitudes del trámite.

La causa judicial de Paula González tramita en el Juzgado en Contencioso-administrativo Federal N°5 a cargo de la jueza Susana Córdoba. Los alumnos de la comisión 1308 de práctica profesional de abogacía de la U.B.A. trabajan desde 2006 en esta acción de amparo, que en nada ha cumplido con la razón de ser de su existencia: la rapidez que menciona el art. 43 de la CN, o la sencillez y brevedad en los términos de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Carl Brashear no necesitó llevar su causa a la justicia, Paula aún espera que la mujer de los ojos vendados ponga la balanza en equilibrio.






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